Tendrán
derecho a un permiso retribuido de las 5 primeras
horas de la jornada laboral del día 29 de noviembre.
Este
permiso, de carácter no recuperable, se retribuirá
por la empresa, una vez acreditada la actuación
como miembro de la mesa o interventor, con el salario
que le correspondería al trabajador si hubiese
prestado sus servicios con normalidad.
Si
precisa más información relativa a los
trabajadores que no disfruten de descanso semanal
ese día y sean electores, apoderados, miembros
de mesa o interventores puede consultarnos telefónicamente.
Asesoría
Laboral
El
Gremi a su Servicio |
Puede consultarnos la aplicación
de la normativa laboral y la gestión
de los Recursos Humanos en el taller. |
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En
el Gremi
también dispone del servicio Gestión
de Personal por email
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